Trabajo forzoso: Comisión insta a los países de la UE para implementar nuevo Protocolo OIT

Bruselas, 11 de septiembre 2014

Trabajo forzoso: Comisión insta a los países de la UE para implementar nuevo Protocolo OIT

La Comisión Europea propuso a Consejo de Ministros Estados miembros de la UE de la UE debe ser autorizada a ratificar la Organización Internacional del Trabajo (OIT) nuevo Protocolo del Convenio sobre trabajo forzoso . El Protocolo, junto con una recomendación complementaria, fue adoptada por la 103 ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en junio ( IP / 14/669 ). Los países que ratifican el Protocolo de la OIT se comprometen a impedir la utilización del trabajo forzoso, en particular en el contexto de la trata de seres humanos, para mejorar la protección de las víctimas, y para facilitar el acceso a una indemnización. También mejora la cooperación internacional en la lucha contra el trabajo forzoso u obligatorio.

László Andor, Comisario de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, dijo: "El nuevo Protocolo a la Convención sobre el trabajo forzoso de la OIT tiene como objetivo avanzar en la lucha contra esta terrible violación de los derechos humanos y adaptarlo a los desafíos de la 21 ª siglo . Insto Estados miembros a ratificar este Protocolo lo antes posible, a fin de ayudar a poner fin a esta explotación inhumana de los trabajadores " .

Los estados que ratifiquen el Convenio de la OIT para desarrollar una política y un plan de acción para la eliminación del trabajo forzoso nacional, en consulta con los trabajadores y las organizaciones de empleadores.Se deben tomar medidas para prevenir el trabajo forzoso, incluyendo informando a las personas vulnerables y protegerlos de posibles prácticas de contratación fraudulentas.

En cuanto a las víctimas del trabajo forzoso, el Convenio introduce la obligación de garantizar su identificación, liberación, protección, recuperación y rehabilitación. Otras cláusulas exigen los Estados ratificantes de facilitar el acceso a los recursos, incluida la indemnización, a todas las víctimas y garantizar que las autoridades competentes tienen derecho a no enjuiciarlos por actividades ilegales que han sido obligados a cometer.

Antecedentes

La OIT estima que más de 21 millones de personas en todo el mundo son hoy víctimas de trabajo forzoso u obligatorio, que genera US $ 150 mil millones en ganancias ilegales por año.

La UE se ha comprometido a promover los derechos humanos y el trabajo decente y la erradicación de la trata de personas, tanto a nivel interno como en sus relaciones externas. Todos los Estados miembros de la UE han ratificado las normas fundamentales del trabajo, incluido el Convenio sobre el trabajo forzoso de la OIT. Las disposiciones del nuevo Protocolo al presente Convenio se hacen eco de los principios previstos en la legislación y las políticas de la UE.

Una autorización del Consejo es necesario que los Estados miembros a ratificar el Protocolo porque partes de ella son de competencia de la UE. Por otra parte, la propia UE no puede ratificar ningún instrumento de la OIT, ya que sólo los Estados pueden ser partes en él.

 


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