Supervisión de los sistemas de control independiente. FECHA LÍMITE:23-10-2014

09.10.2014 12:55

El objetivo del presente contrato de servicios consiste en facilitar datos relativos al grado de conformidad con las medidas nacionales adoptadas por los Estados miembros en el marco de la refundición de la Directiva sobre la eficiencia energética de los edificios (DEEE) y examinar la influencia que las prácticas nacionales/regionales ejercen en el grado de conformidad observado.
Asimismo, el artículo 18 de la DEEE (refundición) ha fijado las obligaciones para garantizar que se establecen sistemas de control independiente y que se fijan sus requisitos principales. Recientemente, los servicios de la Comisión solicitaron a los Estados miembros que informaran sobre la actividad de sus sistemas de control independiente. El objetivo del contrato de servicios será interpretar los datos recogidos y proponer recomendaciones para mejorar la eficacia de los sistemas de control independiente.
Por último, el contrato proporcionará estimaciones adecuadas de los ahorros energéticos que no se hayan logrado debido a la falta de conformidad. Estos se estimarán con 2 referencias: en primer lugar, sobre la base de los requisitos nacionales de rendimiento energético y, en segundo lugar, sobre la base del nivel óptimo de rentabilidad de los requisitos, calculado de acuerdo con los artículos 4 y 5 de la DEEE (refundición). Además de los requisitos del código nacional/regional de construcción, el cumplimiento de estos requisitos es un aspecto importante para garantizar que la Unión Europea cumple sus objetivos para 2020 y, especialmente, el objetivo de ahorro energético.


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