Red europea de expertos académicos en el ámbito de la discapacidad. FECHA LÍMITE: 06-10-2014
El objetivo general del contrato es proporcionar asesoramiento científico independiente, análisis e información fiables y de calidad a la Comisión Europea que servirán de base y contribuirán a la elaboración de sus políticas en el ámbito de la discapacidad. La información se refiere a las políticas y legislaciones nacionales en materia de discapacidad y a su vinculación con el nivel de la Unión Europea, así como a la situación de las personas con discapacidad. A fin de lograr una amplia cobertura del territorio europeo, es necesario establecer y mantener una red europea de expertos académicos en el ámbito de la discapacidad. Habida cuenta de los diversos temas que hay que cubrir, la red deberá estar formada no solo por expertos en las cuestiones sociales en materia de discapacidad, sino también por expertos en cuestiones relacionadas con la discapacidad de las políticas de la Unión Europea que son importantes para las personas con discapacidades tal y como se establece en la estrategia y en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas. Más específicamente, el contratista deberá:
— proporcionar a la Comisión Europea análisis informados de las situaciones nacionales y los desarrollos a nivel político relativos a las cuestiones relacionadas con la discapacidad en las áreas políticas pertinentes que han de acordarse con la Comisión entre las propuestas por el contratista sobre una base anual. Además, todos los años se deberá presentar un análisis informado de la situación política nacional y de los desarrollos con respecto a las áreas cubiertas por la estrategia Europa 2020 que contribuyen al semestre europeo. El contratista deberá redactar informes nacionales que abarquen los temas políticos acordados al comienzo del año contractual con la Comisión. El contratista también deberá redactar informes de síntesis anuales,
— proporcionar a la Comisión asesoramiento en los ámbitos de estrategia y de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas anteriormente descritos. El asesoramiento deberá basarse en pruebas científicas, datos y estadísticas, y su objetivo será apoyar los procesos de toma de decisiones y políticas de la Comisión en materia de discapacidad,
— proporcionar a la Comisión análisis informados, información, datos, estadísticas y asesoramiento independiente de los 28 Estados miembros y, hasta cierto punto, de la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Liechtenstein, Montenegro, Noruega, Serbia y Turquía,
— establecer una red de expertos académicos en materia de discapacidad que cubra los países mencionados.
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